MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO 6 DE ENERO Y DOMINGOS 2019
El Presidente del Instituto del Taxi, en fecha 20 de diciembre de 2018, se ha servido disponer lo siguiente:
“Se ha solicitado por la Asociación Unión Sevillana del Taxi propuesta de modificación del calendario de descanso de 2019 referida al día 6 de enero y domingos de todo el año, todo ello debido a la mayor demanda prevista para la prestación del servicio correspondiente. En virtud del principio de defensa y garantía del interés público para la consecución de un nivel óptimo de calidad y de eficacia en la prestación del servicio (artículo 3 a. de la Ordenanza Municipal), de lo dispuesto en el apartado tercero del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla el 16 de julio de 2018 relativo a la aprobación del calendario de descanso obligatorio para la prestación del servicio de auto-taxi del Municipio de Sevilla que regirá durante 2019, y en uso de las competencias conferidas en el Estatuto regulador del Instituto del Taxi,
RESUELVO:
PRIMERO.- Se liberan del descanso obligatorio contemplado en el calendario vigente para 2019:
- El día 6 de enero, todos los vehículos de la flota.
- Los domingos en los que descansen tres letras, los vehículos de las licencias que descansen domingo y lunes, podrán salir a trabajar el domingo a partir de las 14 horas hasta las 07:00 horas del lunes (excepto agosto).
SEGUNDO.- Dar cuenta al Consejo de Gobierno del Instituto del Taxi en la próxima sesión que celebre.
TERCERO.- Publicar en el tablón de anuncios del Instituto del Taxi la presente resolución para general conocimiento.”
Lo que se comunica para general conocimiento, significando que contra el acto anteriormente expresado, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse potestativa mente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o, a elección del demandante, ante el Juzgado o Tribunal en cuya circunscripción tenga su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo. 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrá utilizarse, no obstante, aquellos otros recursos que se estimen oportunos.